
Para constituir un sindicato, es necesario seguir una serie de pasos y trámites establecidos en la normativa legal vigente.
Con la constitución de un sindicato, los trabajadores pueden contar con una representación legal, que, en caso necesario, haga valer sus derechos colectivos e individuales ante su empleador, inclusive si este es el Estado.
El sindicato y sus funciones
Un sindicato es una organización con personalidad jurídica, que vela por los intereses económicos, profesionales y sociales de los trabajadores que lo conforman. En otras palabras, protege los intereses de los trabajadores en cuanto a su salario, prestaciones y condiciones laborales.
Entre las tantas funciones que cumple se encuentran: representar a los trabajadores ante el empleador o sus representantes autorizados, cuando las circunstancias así lo exijan. Como es el caso de negociaciones por mejoras laborales, defensa de derechos, respaldo a trabajadores por conflictos laborales particulares.
Asimismo, velar por la seguridad laboral y seguridad social dentro del ámbito laboral. Inclusive en un ámbito vinculado a este, si el caso estuviera contemplado en la normativa legal que regula el sindicato (Código del Trabajo y Estatutos del Sindicato).
El proceso para constituir un sindicato
Para hacer efectiva la constitución del sindicato se deben seguir los pasos que a continuación se describen:
Determinar las razones de creación del sindicato
Es importante analizar las razones por las cuales es necesario y se decide constituir el sindicato.
Conocer el número de trabajadores que conformaran el sindicato
Conocer con exactitud el número de empleados o trabajadores independientes que están interesados en constituir el sindicato. Y, obtener por escrito la aprobación de los mismos.
Elegir el tipo de sindicato a constituir
Esto de acuerdo a lo estipulado en el artículo 216 del Código de Trabajo, el cual contempla cuatro tipos:
“…a) Sindicato de empresa: es aquel que agrupa a trabajadores de una misma empresa; b) Sindicato interempresa: es aquel que agrupa a trabajadores de dos o más empleadores distintos; c) Sindicato de trabajadores independientes: es aquel que agrupa a trabajadores que no dependen de empleador alguno, y d) Sindicato de trabajadores eventuales o transitorios: es aquel constituido por trabajadores que realizan labores bajo dependencia o subordinación en períodos cíclicos o intermitentes.”
Solicitar una cita en la Oficina de la Inspección del Trabajo
Un grupo de trabajadores, en representación de la totalidad de ellos, debe presentarse en la Oficina de la Inspección del Trabajo más cercana a la empresa. Una vez allí, solicitar la asesoría para la constitución del sindicato.
Asimismo, solicitar un Ministro de fe que actúe en la Asamblea de Constitución y el formulario de constitución, respectivo. También es posible hacer este trámite en línea, ingresando al sitio web de la Dirección del Trabajo https://www.dt.gob.cl/
Presentar los aspirantes a los cargos del Directorio
Es necesario dar a conocer los postulantes para los cargos del Directorio a los trabajadores. Los postulantes deben ser personas con responsabilidad y buen desempeño, comprobados. Asimismo, con un perfil acorde al rol que van a desempeñar.
Realizar la Asamblea de Constitución del Sindicato
De acuerdo a lo señalado en el Código del Trabajo, art.221, se debe realizar una Asamblea de Constitución. La misma debe ser en presencia de un Ministro de Fe (notario o un representante de La Dirección del Trabajo). Además de contar con el quórum establecido en artículos 227 y 228 del mismo Código. En la misma se debe:
- Presentar de manera detallada ante todos los asistentes el formulario y los estatutos del sindicato, para su respectiva aprobación, en forma democrática y secreta.
- Elegir el Directorio del sindicato de forma democrática y secreta. Es necesario levantar un acta de los resultados de la elección del Directorio.
- Registrar en un Acta de Constitución los acuerdos a que se lleguen en la Asamblea, los nombres y cargos del Directorio y la nómina de los asistentes. Así mismo es necesario levantar un acta de cada reunión que se realice, antes y después de la constitución del sindicato.
Cabe señalar que, los trabajadores que conforman el sindicato gozarán de fuero laboral por un tiempo determinado. Con lo que se garantiza su estabilidad laboral, de acuerdo a lo establecido en los artículos 221 y 243 del Código del Trabajo
Presentar el Directorio del sindicato
A partir del nombramiento del Directorio, este dispone solo de tres días para presentarse ante la directiva de la empresa o sus representantes autorizados. De igual manera, si el empleador es el Estado, con los representantes autorizados de este. En ambos casos debe hacerse la presentación en una reunión.
Registrar el Sindicato
El Directorio debe registrar el Sindicato en la Oficina de Inspección del Trabajo. Para ello debe presentar el Acta de Constitución del Sindicato junto con dos copias de los Estatutos. Estás últimas deben ser certificadas por el Ministro de fe que actuó en la Asamblea de Constitución. Para este trámite, el Directorio cuenta con quince días, a partir de la fecha de la Asamblea de Constitución.
La defensa de los derechos de los trabajadores
Por supuesto es posible que los trabajadores defiendan sus derechos e intereses laborales. Sin embargo, el apoyo de un sindicato en tal defensa, garantiza en la mayoría de los casos mejores resultados para el trabajador, así como para el colectivo.
Es por ello que constituir un sindicato es una buena decisión tanto para trabajadores que dependen de un empleador, como para aquellos que trabajan de forma independiente.
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