Delito de lesiones en Chile

¿Alguna vez te has encontrado en medio de una pelea o has sido lastimado accidentalmente? Es importante conocer los detalles sobre el delito de lesiones, para entender cuándo se aplica y cuáles son las sanciones que podrías enfrentar.

Si tú o alguien allegado a ti se encuentran inmersos en una situación que implique lesiones personales, no dudes en contactarnos. En Becker Abogados somos un equipo que nos comprometemos con nuestros clientes. Sabemos que esta situación es difícil, y, por lo tanto, nos esforzamos por brindar un ambiente de confianza y apoyo en las comunas de Providencia, Las Condes, La Reina, Ñuñoa, Vitacura y Lo Barnechea.

¿Qué es el delito de lesiones?

El delito de lesiones es una infracción penal que se comete cuando alguien causa daño físico a otra persona. Esto puede ser intencional o accidental. Por otro lado, una riña es una pelea o altercado violento entre dos o más personas.

En ambos casos, la ley chilena establece sanciones y penas para aquellos que cometan este tipo de delitos. Las penas van desde multas hasta prisión, dependiendo de la gravedad de las lesiones causadas y de la intencionalidad del delito.

Además, es importante tener en cuenta que, en caso de una riña, tanto la persona que comete las lesiones como aquellos que participan en la pelea pueden ser considerados responsables y enfrentar sanciones.

¿Cuáles son los tipos de delitos de lesiones establecidos en la legislación chilena?

El Código Penal regula lo relacionado con el delito de lesiones en los artículos 395 a 403 y las clasifica de la siguiente manera:

  •         Mutilaciones (artículos 396 y 395) las que se subdividen en:

o   Castración (artículo 395)

o   Mutilación de miembro importante (artículo 396 inciso 1)

o   Mutilación de miembro menos importante (artículo 396 inciso 2)

  •         Lesiones propiamente en los Artículos 397 a 403 y artículo 494 nº 5. Se subdividen a su vez en:

o   Lesiones graves, las que se subdividen en:

  • Graves gravísimas (artículo 397 nº 1)
  • Simplemente graves (artículo 397 nº 2)

o   Lesiones menos graves (Artículo 399)

o   Lesiones Leves (Falta regulada en el artículo 494 nº 5)

o   Remisión de cartas y encomiendas explosivas

Delito de castración:

Castrar maliciosamente a otro, vale decir, con dolo directo, con mala intención será castigado con presidio mayor en su grado mínimo a medio. Pena que en toda su extensión va de los cinco años y un día de cárcel a los quince años de cárcel.

Mutilación de miembro importante:

El Código Penal se refiere a la mutilación de miembro importante, por lo que debemos entender por mutilación de miembro importante será por ejemplo que se cercene, que se corte un brazo, que se cercene o se corte una pierna.

En estos casos el Código Penal dice que cualquiera otra mutilación de miembro importante que deja a la persona impedida de valerse por sí mismo o de ejecutar las funciones naturales que antes ejecutaba, será castigado con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo. Pena que en toda su extensión va de los tres años y un día a diez años de cárcel.

Mutilación de miembro menos importante:

En este tipo de delito se señala como ejemplo que se corte un dedo o que se corte una oreja. Aquí la sanción será presidio menor en su grado mínimo a medio pena, que en toda su extensión va de los 61 días de cárcel a los tres años de cárcel.

Lesiones graves gravísimas:

Las lesiones graves gravísimas es cuando la persona lesionada queda inútil para el trabajo, impedido de un miembro importante o notablemente deforme. Vale decir que el daño es permanente y por esto la sanción es presidio mayor en su grado mínimo. La pena para este delito en toda su extensión va de los cinco años y un día a los diez años de cárcel.

Lesiones simplemente graves:

A diferencia de la lesión grave gravísima, la lesión simplemente grave no deja a la víctima con un daño permanente, sino que el daño es recuperable. Sin embargo, establece un tiempo de recuperación de más de 30 días.

Lesiones menos graves:

Las lesiones menos graves tienen un tiempo de recuperación bajo, de 8 a 30 días. La sanción que establece es facultativa, es decir, el juez puede establecer cualquiera de estas sanciones: presidio menor en su grado mínimo, es decir, 61 días de cárcel a 540 días de cárcel, o una multa de 11 a 20 UTM

Lesiones leves:

Tienen un tiempo de recuperación de 1 a 7 días y se sanciona con 1 a 4 UTM. Con respecto a la lesión leve si se comete en un contexto de violencia intrafamiliar, la ley señala que el tribunal en ningún caso podrá calificar las lesiones como leves.

El tratamiento que deberá dársele es el de violencia intrafamiliar, sea de competencia el juzgado de familia o de competencia el juzgado de garantía, dependiendo si existe o no un delito de maltrato habitual al que hace referencia el artículo 14 de la ley 20.066 sobre violencia intrafamiliar.

Confía en Becker Abogados para tu defensa

Si eres víctima o acusado de un delito de lesiones, es importante que busques la ayuda de un abogado penal que pueda defender tus derechos y representarte en el proceso legal. En Becker Abogados, ofrecemos una defensa confiable en casos de lesiones en las comunas de Providencia, Las Condes, La Reina, Ñuñoa, Vitacura y Lo Barnechea.

Contamos con abogados especializados en este tipo de delitos que tienen la experiencia necesaria para ayudarte en cada paso del proceso legal. Nuestros abogados trabajarán arduamente para asegurarse de que se haga justicia y se protejan tus derechos.

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