Tener un pasado legal, o haber sido condenado penalmente puede resultar un estigma que te marca de por vida. Poder borrar el registro de tus antecedentes penales puede abrirte las puertas a mejores opciones y evitar ser víctima de la discriminación social y laboral.

El registro de antecedentes penales es un documento exigido por muchas empresas cuando vamos a solicitar un trabajo y en general cuando queremos realizar diversos tipos de gestiones. Incluso cuando tener antecedentes es totalmente irrelevante.

Veamos a continuación como se puede borrar el registro de antecedentes penales.

¿Quién se encarga de borrar el registro de antecedentes penales?

De acuerdo a la normativa legal vigente el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), es el organismo facultado para eliminar de forma definitiva todas o algunas de las anotaciones contenidas en el prontuario legal de una persona.

Para ello la persona que quiera borrar sus antecedentes debe encontrarse dentro de alguna de las circunstancias de eliminación contempladas dentro del marco legal establecido. Estas se encuentran establecidas en el decreto supremo número 64 del 27 de enero de 1960 en su artículo 8; la ley N.º 19.628; el decreto ley N.º 3482 y el decreto de ley 409 de fecha 12 de agosto de 1932.

¿Quiénes pueden solicitar la eliminación del registro de antecedentes penales?

Al hablar de la eliminación de los registros de antecedentes penales, estamos hablando de borrar el pasado delictivo de una persona.

Este trámite es un beneficio para todas aquellas personas que hayan cumplido algún tipo de condena legal, para que tengan la posibilidad de una reinserción social y laboral libre de discriminación por su pasado.

Este beneficio está dirigido a todas aquellas personas con antecedentes penales, que ya hayan cumplido su condena y no tengan deudas pendientes con la ley.

De esta manera se busca evitar la discriminación laboral y social de quienes tienen un pasado delictivo, pero que ya han pagado su deuda con la sociedad.

Se consideran elegibles para este beneficio, todas las personas con pasado judicial, siempre y cuando hayan transcurrido dos años después de haber cumplido su condena si ha sido condenado por primera vez. O cinco años si tiene dos o más condenas en prontuario. Además, debe cumplir ciertos requisitos adicionales exigidos por la ley para realizar este trámite.

¿Qué requisitos se deben llenar para borrar el registro de antecedentes penales?

El primer requisito indispensable para poder borrar el registro de antecedentes penales de una persona, es que las razones de su solicitud, se encuentren contempladas en alguna de las causales para la eliminación. Estas están contenidas en el artículo 8 del decreto supremo número 64 de 1960 emitido por el Ministerio de Justicia.

Los principales requisitos que el ex condenado debe acreditar para poder solicitar el beneficio de borrar el registro de antecedentes penales, y por consiguiente su pasado judicial son:

  •         Haber transcurrido el tiempo mínimo exigido desde la culminación del cumplimiento de la condena: Dos años si ha sido su primera condena, cinco años si posee dos o más condenas.
  •         Certificación emitida por tribunal de haber cumplido la condena
  •         Cédula de identidad
  •         Certificado de residencia actual vigente.
  •         Haber observado y mantenido muy buena conducta durante todo el periodo de reclusión o presidio en cumplimiento de la condena.
  •         Tener un oficio o profesión definida.
  •         Poseer al menos conocimientos mínimos básicos de cuarto año de educación primaria.
  •         Haber mantenido contacto constante con el Patronato de Reos por lapso de dos años si es primera condena o cinco años a partir de la segunda condena, desde la fecha de culminación de la condena, y tener la recomendación de este organismo. (el tiempo se contará desde la fecha en que los interesados se hayan presentado ante estas autoridades para ser observados)
  •         No haber sufrido condena alguna durante el tiempo indicado de prueba, ni hasta la fecha de emisión del decreto que concede el beneficio por parte del SEREMI de justicia.

Hay que aclarar que estos requisitos, aunque principales, no son los únicos. Ya que cada una de las causales contempladas en el precitado artículo 8, pueden requerir requisitos particulares adicionales.

¿Qué pasos se deben seguir para borrar el registro de antecedentes penales?

Los pasos que se deben seguir para borrar el registro de antecedentes penales son:

  •         Cumplir y recaudar los requisitos y documentos exigidos para el trámite de acuerdo a la causal de eliminación según lo estipulado en el decreto supremo número 64 de 1960 en su artículo 8.
  •         Dirigirse a cualquiera de las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) y solicitar la eliminación de los antecedentes penales.
  •         Consignar la documentación requerida según la causa de eliminación solicitada.
  •         Una vez entregados todos los recaudos, el SRCeI procederá a realizar la revisión de los antecedentes y emitirá una respuesta en un plazo no mayor a 20 días hábiles.

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