Hoy en día es muy común comprar un bien inmueble en propiedad horizontal. Diferentes razones influyen en esta decisión. Puede ser que sean más accesibles para ti, sientas mayor seguridad o te atraiga la ubicación del inmueble.

Y es que la oferta inmobiliaria del país apunta a inmuebles en copropiedad, para satisfacer la demanda creciente del mercado. Sin embargo, es importante que conozcas los aspectos legales que rige la copropiedad en Chile.

¿Por qué se habla copropiedad en bienes inmuebles?

Se conoce copropiedad al derecho que se ejerce sobre uno o más pisos, casas o locales de un inmueble, que han sido adquiridos por diferentes propietarios por separado pero que tienen en común ciertos derechos y obligaciones.

Cuando nos referimos a copropiedad estamos hablando de una institución jurídica vinculada a la división y ordenación de los bienes resultantes de la segregación de una edificación común.

La copropiedad regula la forma en que se divide la propiedad y su relación con el resto de la propiedad privada y común del edificio.

En un inmueble en copropiedad hay diferentes propietarios. Cada uno de ellos tiene uno o más departamentos o locales, pero nadie es dueño de todo el inmueble. A todas estas propiedades individuales se suma la propiedad común de espacios, como vestíbulo, pasillos, ascensores, etc.

Es importante saber que la copropiedad supone que el propietario de un apartamento tiene un porcentaje de propiedad sobre los espacios comunes.

¿Qué ley rige en Chile la copropiedad inmobiliaria?

La ley 19.537 o Ley de Copropiedad es la ley que rige la Copropiedad en el país y entró en vigencia en el año 1.997. En ella se establece que los copropietarios tienen un derecho de propiedad absoluto y exclusivo sobre la unidad inmobiliaria y son considerados «comunes» de los bienes de dominio común.

Dado que los bienes de propiedad común no se consideran independientes de la unidad, la propiedad conjunta y la propiedad individual van de la mano. Al respecto, el artículo 14 de la citada ley establece que los derechos que tiene un propietario sobre un bien común no pueden separarse de los que tiene sobre la unidad.

¿Es necesario ajustar la Ley de Copropiedad en Chile?

La Ley 19.537 que regula todo lo relacionado con la Copropiedad en el país tiene ya 25 años desde que entró en vigencia.

Hoy en día, existe un mayor número de personas que vienen en condominios. Esto se ha dado por la creciente demanda inmobiliaria que existe en nuestro país. Y no podemos olvidar que el orden y las normas son necesarias para un buen vivir en comodidad. Por lo que se hace necesario actualizar la Ley de Copropiedad para que se adapte a las necesidades actuales de todos los copropietarios.

Con el objetivo de satisfacer todas las demandas que exige la vida en comunidad una nueva legislación sobre la materia ya se encuentra en la cámara de diputados para su discusión y aprobación.

Los principales temas que aborda este proyecto de ley son la recalificación de los condominios, los métodos de solución de controversias, la creación de un registro nacional de administradores de condominios y el contenido del reglamento de copropiedad.

La aprobación de este nuevo proyecto deroga en totalmente la Ley 19.537, aunque mantiene gran parte de sus aspectos de fondo.

¿Cuáles son los principales aspectos de este nuevo proyecto de ley?

Esta nueva ley indica que los condominios son una forma especial de dominio. De esta forma cualquier persona que sea propietaria es de su unidad, pero así mismo posee un derecho de dominio en común con las demás personas propietarias con relación los bienes necesarios para la existencia, conservación seguridad,  y funcionamiento del condominio.

En este nuevo proyecto de ley ya no se puede prohibir que los copropietarios tengan mascotas dentro de sus unidades. Sin embargo, sí es posible que se establezcan restricciones en el uso de las áreas comunes por parte de las mascotas.

Adicionalmente en el proyecto se incluye una nueva clasificación de los condominios. Es así que se crea la figura del subadministrador y del Registro Nacional de Administradores de Condominios. Este ente va a ayudar a los copropietarios  puedan reclamar en el caso que el administrador o subadministrador  no cumpla con las obligaciones que le son atribuidas según la ley y su reglamento.

Igualmente, determina una obligación económica  para los gastos comunes, adicionando la calidad de copropietarios hábiles para todos aquellos que estén al día en el pago de todas sus obligaciones económicas y solo estos propietarios pueden optar a los diferentes cargos de representación de la comunidad, y poseen voto en los acuerdos que se adopte en el condominio.

La nueva realidad en la que vivimos definitivamente provocará cambios y desarrollos en el área inmobiliaria, al mismo tiempo que nuevas y desafiantes situaciones que son contempladas en este nuevo proyecto de ley.

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