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    ENCUENTRE RESPUESTAS A SUS PREGUNTAS

    Los Juzgados de Policía Local pertenecen a la estructura Orgánica Municipal. Están a cargo de sus respectivos Jueces y se rigen por las normas de la Ley 15.231 “Sobre Organización y Atribuciones de los Juzgados de Policía Local” y sus posteriores modificaciones.

    Los Secretarios y personal subalterno de los Juzgados de Policía Local serán nombrados por el Alcalde y están sujetos a la Autoridad disciplinaria inmediata del Juez en el ejercicio de sus funciones; en conformidad a lo dispuesto por el Artículo Nº 47 de Ley 15.231.

    Listado de Materias o Asuntos de Competencia de los Juzgados de Policía Local

    1) De las infracciones de los preceptos que reglamentan el transporte por calles y caminos y el tránsito público. En esta materia existen numerosas leyes, decretos y reglamentos, tales como la Ley 18.290, 15.231, 18.287 y los decretos del ministerio de Transporte, que no se enumeran por su gran número.

    2) Regulación de daños y perjuicios ocasionados en o con motivo de accidentes del tránsito cualquiera que sea su monto

    3) De las infracciones a las Ordenanzas, Reglamentos y Decretos Municipales.

    4) Faltas del Código Penal. Debe considerarse aquí la Ley 19.450 que eleva la cuantía de las faltas del Código Penal, en el caso de hurtos, daños, estafas, fraudes, etc., y que se encuentra suspendida su aplicación durante un año

    5) Infracciones al D.F.L. 458 del Ministerio de Vivienda, sobre Ley General de Urbanismo y Construcción y Construcciones (D.O. 13.04.76) y Ordenanzas.

    6) Infracciones al D.L. 3063, sobre Rentas Municipales

    7) Infracciones a la Ley 19.496 y decretos reglamentarios, sobre protección a los Derechos de los consumidores.

    8) Infracciones a la Ley 19.537(D.O. 16.12.97) ley de Copropiedad Inmobiliaria.

    9) Infracciones a la ley 18.700 (D.O. 06.05.88) Ley Orgánica Constitucional sobre Votaciones Populares y Escrutinios.

    10) Infracciones a la Ley 19.419 (D.O. 09.10.95) sobre Tabaco y Cigarrillos

    11) D.L. 701 (D.O. 28.10.74) modificado por D.L. 2565 (D.O. 03.04.96) sobre fomento forestal.

    12) D.S. 4363, publicado en el Diario Oficial del 30.06.31, sobre Ley de Bosques

    13) Infracciones a la Ley 18.119 (19.05.82) sobre conexiones o empalmes clandestinos a matrices o arranques de agua potable o alcantarillado

    14) Infracciones a la Ley 19.303 (D.O. 31.04.94), sobre vigilante privados

    15) Infracciones a la Ley 19.284 (D.O. 14.01.94), sobre discriminación de discapacitados.

    16) Infracciones a la Ley 19.040 (25.01.91), sobre buses contaminantes y D. 116 de Transportes de 1992 (D.O. 26.06.92)

    17) Infracciones a la Ley 18.892, solamente con respecto de la pesca deportiva.

    18) Infracciones a la Ley 13.937, sobre letreros indicativos de nombres de calles

    19) Infracciones a la ley que crea Comisión de Energía Nuclear.

    20) Infracciones al artículo 2 del Decreto Supremo N°158 de 1980, del Ministerio de Obras Públicas y al Decreto Supremo N°200 de 1993, del mismo Ministerio, sobre mantención de pavimentos y pesaje de camiones, publicada en el D.I. 26.07.93.-

    21) Infracciones a la Ley de Educación Primaria obligatoria.

    22) Infracciones a la Ley 19.846, (D.O. 04.01.03) sobre calificación cinematográfica.

    23) Decreto con Fuerza de Ley 216, de 15 de mayo de 1931, sobre registro de empadronamiento vecinal.

    24) A las leyes sobre pavimentación.

    25) A las infracciones sobre vagancia y mendicidad a que se refiere el párrafo 13 del Título VI del Libro II del Código Penal, salvo lo prescrito en la letra d) del número 2 del Artículo 45 del código Orgánico de Tribunales, respecto de estos delitos que se cometan en la ciudad en que tenga su asiento el Tribunal.

    26) Ley 18.814 Infracción a los Arts. 113 y 117 de la Ley de Alcoholes, consumo alcohol vía pública y manifiesto estado de ebriedad (15.07.02)

    27) Infracciones a la Ley 7889, sobre venta de boletos de la Lotería y Polla de Beneficencia.

    28) Infracciones a los Arts. 5, 6, 10, 12 de la Ley 5.172, sobre espectáculos públicos diversiones y carreras.

    29) Infracciones a la Ley 4023 sobre guía de libre tránsito.

    30) De las causas civiles y de los juicios relativos al contrato de arrendamiento cuya cuantía no exceda de $3.000.-

    31) Infracciones a la Ley 4.061 (D.O. 18.06.29) sobre Caza, mod. D.L. 2.319 (D.O. 04.09.78)

    32) Infracciones al D.L. 539 (D.O. 28.06.74) Establece normas sobre reajustabilidad y pago de dividendos de deudas habitacionales, modifica Ley 17.663.-

    33) Infracciones al D.F.L. 1 (D.O. 12.02.79) Deroga D. N°20 de 1964 y lo reemplaza por las disposiciones que indica. Combustible.

    34) Infracciones 132 (D.O. 10.11.79) Normas técnicas y de calidad y procedimiento de control aplicable al petróleo crudo, a los combustibles derivados de este y a cualquier otra clase de combustible.

    35) Infracciones al D.L. 2.974 (D.O: 19.12.79) Establece normas sobre créditos que otorguen a pequeños empresarios agrícolas y relativos a prenda agraria.

    36) Infracciones al D.L. 3.516 (D.O. 13.12.80) Normas sobre división de predios rústicos.

    37) Infracciones al D.S. 226 sobre Registros de Seguridad para instalaciones y locales de almacenamiento de combustible. (S. 06.08.82)

    38) Infracciones al D.F.L. N°5 Fija texto refundido coordinado y sistematizado del DFL N°34 de 1931, que legisla sobre la industria pesquera y sus derivados (D.O. 15.11.83).

    39) Infracciones a la Ley 18.278 (D.O. 12.01.84) Modifica D.L. 206/60 Ley de Caminos.

    40) Infracciones a la Ley 18.348 (D.O. 10.10.84) Crea la Corporación Nacional Forestal y la Protección de Recursos Naturales Renovables.

    41) Infracciones a la Ley 18.362 (D.O. 27.12.84) Crea un sistema nacional de áreas verdes silvestres protegidas del Estado.

    42) Infracciones a la Ley 18.450 (D.O. 30.10.85) Aprueba normas para el fomento de la inversión privada en obras de riego y drenaje.

    43) Infracciones a la Ley 18.735 modificada por la Ley 18.118 y el C.P.C. que regula actividades de los Martilleros Públicos.

    44) Infracción a la Ley 18.690 sobre almacenes Generales de Depósito.

    45) Infracción a la Ley 19.779 que da competencia a los J.P.L. para conocer conductas de discriminación a los enfermos de SIDA.

    46) Ley 19.552.- Cobrador automático Buses. D.O. 10.02.98.-

    47) Ley 19.680.- Fuegos artificiales (D.O. 25.05.2000)

    48) Ley 19.501.- Modifica Ley 19.450.- Hurtos (faltas) a supermercados (15.05.97)

    49) D.F.L. 216 de 15.05.1931.- Salvoconductos en mudanzas.
    (Modificado por Ley N°19.866, D.O. 11-04-03)

    Mayor información puede obtenerse en el Instituto de Jueces de Policía Local de Chile, ubicado en Avda. Isidora Goyenechea 3372, 2º piso, Las Condes, Santiago. Fono-Fax: 2337936

    Solicitud de Exhortos

    Si a usted le cursaron un parte por una infracción de tránsito cometida geográficamente lejos de Los Andes (su lugar de residencia), usted puede pedir dicho parte por exhorto en un Juzgado de Policía Local (JPL) de la comuna, con el fin de no tener que remitirse al JPL correspondiente a la localidad donde le fue cometida la infracción.

    Los pasos y requisitos para poder contar con este servicio son los siguientes:

    Presentación en el JPL de su Comuna

    1) Debe presentarse en el JPL de su residencia.

    2) Su presentación en el juzgado respectivo debe hacerlo mínimo 2 días antes de la fecha de citación (audiencia en el Tribunal de origen) indicada en la boleta del parte.

    3) Como documentos a presentar una fotocopia simple de la boleta de citación (Parte de Carabineros) y certificado de residencia cuando proceda.

    4) Se llenará un documento con sus datos personales y sus descargos, los cuales serán presentados al Juez del JPL de origen para que sean considerados en su causa.

    5) Se le entregará un permiso provisorio de conducir, el cual será válido según la fecha indicada en el mismo. Si dicho permiso provisorio se venciera antes de terminada la tramitación del exhorto, usted deberá acudir al JPL para solicitar la renovación del mismo.

    Pasos Generales del Exhorto en Tramitación

    Una vez que usted ha solicitado el exhorto, la tramitación es la siguiente:

    1) El JPL de su comuna (Juzgado Exhortante) envía al JPL de origen (Juzgado Exhortado) la infracción específica junto a los descargos, para que ésta sea sentenciada por el Juez.

    2) Una vez sentenciada, el JPL Exhortado envía al JPL Exhortante la resolución de la sentencia, junto con la licencia de conducir retenida por la infracción cometida.

    3) En este momento, usted podrá acceder a la resolución de su sentencia.

    4) Si dicha sentencia involucra el pago de una multa monetaria, usted deberá entregar en el JPL un vale vista (bancario) por dicha cantidad a nombre de quien corresponda, según información proporcionada por el JPL Exhortado.

    5) Si dicha sentencia incluye la suspensión de la licencia de conducir por un periodo de tiempo específico, el JPL de su comuna será el encargado de retener dicha licencia y de entregarla una vez que el periodo de suspensión haya concluido.

    Pago Anticipado Infracciones de Tránsito

    Desde ya hace algún tiempo, las personas que se les han cursado infracciones de tránsito tienen la posibilidad de pagar por dicha multa, sólo el 75% de su valor.
    Esto se trata de una medida implementada en todas las comunas del país, la cual afecta a las infracciones de tránsito, excluyendo las de carácter «Gravísimo», las cuales corresponden a infracciones como no respetar un disco Pare, una luz roja y exceso de velocidad, entre otras.

    Para optar a este descuento, el único requisito consiste en lo siguiente:

    LA MULTA DEBE SER PAGADA DENTRO DE LOS 5 PRIMEROS DÍAS HÁBILES (incluyendo el sábado) A CONTAR DE LA FECHA EN QUE LA INFRACCIÓN FUE CURSADA (inclusive)

    Esto significa que, por ejemplo, si a usted le cursaron una infracción el 10 de enero, usted tendrá plazo para cancelar el 75% del valor de dicha multa hasta el 15 de enero. Si hubiera un sábado dentro de estos primeros 5 días, se cuenta como día hábil, pero si el plazo vence un día sábado, este plazo corre hasta el primer día hábil siguiente, pero por el contrario, el domingo no será considerado.

    Por último, este descuento procede bajo la condición recién expuesta, tanto si usted cancela directamente en las dependencias municipales. Infracciones al Transito más comunes y sus multas

    Infracciones leves:
    0.2 UTM a 0.5 UTM

    Infracciones menos graves:
    0.5 UTM a 1.0 UTM

    Infracciones graves:
    1.0 UTM a 1.5 UTM

    Infracciones gravísimas:
    1.5 UTM a 3.0 UTM

    + Suspensión de licencia de 5 a 45 días

    Artículos Ley de Tránsito:
    Los artículos de la Ley de Tránsito que dicen relación con las infracciones se encuentran en los artículos 197, 198, 199, 200, 200 Bis.
    Lo invitamos a visitar la Biblioteca del Congreso Nacional (Internet) a través de este enlace: http://www.bcn.cl/ , donde podrá encontrar la Ley de Tránsito (Ley 18.290) en forma actualizada.

    fuente: Biblioteca del Congreso Nacional

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