En el ámbito laboral, la protección y bienestar de los trabajadores son aspectos fundamentales. En Chile, existen tres organizaciones laborales básicas en una empresa que desempeñan un papel crucial en la promoción de la seguridad y la capacitación de los trabajadores: el Comité Bipartito de Capacitación, el Comité Paritario de Higiene y Seguridad, y el Departamento de Prevención de Riesgos.

En este artículo, exploraremos la constitución y el funcionamiento de estas organizaciones, destacando su importancia para garantizar un entorno laboral seguro y propicio para el crecimiento profesional de los trabajadores.

Comité Bipartito de Capacitación

El Comité Bipartito de Capacitación es una instancia en la que empleadores y trabajadores se unen para promover la capacitación y el perfeccionamiento de los trabajadores.

Este comité desempeña un papel clave en identificar las necesidades de formación, proponer programas de capacitación adecuados, supervisar su implementación y evaluar los resultados obtenidos.

A través de esta organización, se busca fomentar el crecimiento profesional de los trabajadores y mejorar la productividad de la empresa.

¿Cómo se constituye el Comité Bipartito de Capacitación?

El Comité Bipartito de Capacitación debe constituirse en todas las empresas que tengan 15 o más trabajadores permanentes, dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se cumpla este requisito.

El Comité estará integrado por dos representantes del empleador y dos representantes de los trabajadores, elegidos por estos últimos mediante votación secreta. El Comité deberá reunirse al menos una vez al mes y llevar un registro de sus acuerdos.

Entre las funciones del Comité Bipartito de Capacitación se encuentran:

  • Proponer al empleador el plan anual de capacitación, considerando las necesidades y expectativas de los trabajadores, las características y objetivos de la empresa, los recursos disponibles y los beneficios tributarios.
  • Informar a los trabajadores sobre el plan anual de capacitación, los requisitos para postular, los criterios de selección, los derechos y obligaciones que les asisten, y los mecanismos de evaluación.
  • Velar por el cumplimiento del plan anual de capacitación, fiscalizando la calidad y pertinencia de las acciones formativas, el cumplimiento de los horarios y asistencia, y el pago oportuno de las remuneraciones y cotizaciones previsionales.
  • Evaluar el impacto del plan anual de capacitación, verificando el grado de satisfacción de los participantes, el logro de los objetivos propuestos, el retorno de la inversión realizada y las mejoras en el desempeño laboral.

Comité Paritario de Higiene y Seguridad

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad es otro componente esencial en la promoción de un entorno laboral seguro en Chile. Este comité se encarga de velar por la seguridad y la salud de los trabajadores mediante la realización de inspecciones periódicas, investigaciones de accidentes laborales, propuestas de medidas preventivas y supervisión del cumplimiento de las normas de seguridad establecidas.

¿Cómo se constituye el Comité Paritario de Higiene y Seguridad?

El Comité Paritario de Higiene y Seguridad debe constituirse en todas las empresas o faenas que ocupen 25 o más trabajadores, dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se cumpla este requisito.

El Comité estará integrado por dos representantes del empleador y dos representantes de los trabajadores, elegidos por estos últimos mediante votación secreta. El Comité deberá reunirse al menos una vez al mes y llevar un libro de actas.

Entre las funciones del Comité Paritario de Higiene y Seguridad se encuentran:

  • Proponer al empleador medidas de higiene y seguridad para prevenir los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales, así como velar por su cumplimiento.
  • Investigar las causas de los accidentes del trabajo y las enfermedades profesionales que ocurran en la empresa o faena, y sugerir las medidas correctivas pertinentes.
  • Asesorar e instruir a los trabajadores sobre el uso adecuado de los equipos de protección personal, así como sobre los riesgos a los que están expuestos y las medidas preventivas que deben adoptar.
  • Promover la realización de actividades de capacitación, difusión y sensibilización en materia de prevención de riesgos laborales.
  • Participar en la elaboración, revisión y actualización del reglamento interno de higiene y seguridad, así como en la evaluación de las condiciones ambientales de trabajo.

Departamento de Prevención de Riesgos

El Departamento de Prevención de Riesgos es una unidad interna en la empresa encargada de coordinar y ejecutar acciones específicas para prevenir riesgos laborales. Este departamento debe estar liderado por un profesional especializado en prevención de riesgos.

Su función primordial es identificar, evaluar y controlar los riesgos presentes en el lugar de trabajo.

¿Cómo se constituye el Departamento de Prevención de Riesgos?

El Departamento de Prevención de Riesgos debe constituirse en todas las empresas o faenas que ocupen 100 o más trabajadores permanentes o transitorios, dentro de los 60 días siguientes a la fecha en que se cumpla este requisito.

El Departamento estará dirigido por un experto en prevención de riesgos laborales, designado por el empleador con acuerdo del Comité Paritario de Higiene y Seguridad.

Entre las funciones del Departamento de Prevención de Riesgos se encuentran:

  • Reconocer y evaluar los riesgos de accidentes y enfermedades profesionales que existen en el ambiente o en los medios de trabajo.
  • Controlar los riesgos mediante la implementación de medidas técnicas, organizativas o administrativas que eliminen o reduzcan la exposición a los agentes nocivos.
  • Educar e informar a los trabajadores y las trabajadoras sobre los riesgos a los que están expuestos y las medidas de prevención que deben adoptar.
  • Capacitar y adiestrar a los trabajadores y las trabajadoras en el uso correcto de los equipos, herramientas, maquinarias y elementos de protección personal.
  • Registrar la información relevante sobre los accidentes, incidentes, enfermedades profesionales y exámenes ocupacionales, así como elaborar estadísticas e indicadores que permitan evaluar los resultados de la gestión preventiva.
  • Asesorar técnicamente a los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad, a los supervisores y a las líneas de administración técnica en materia de prevención de riesgos.

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