Para constituir una Cooperativa en Chile es necesario que se asocie un determinado número de personas dispuestas a trabajar por un bien común. Es decir, ayudarse y apoyarse mutuamente para beneficio de todos y cada uno de los integrantes de la misma.

Para ello es preciso cumplir con una serie de pasos que involucran ciertos requisitos. Los cuales están contemplados en la Ley de Cooperativas y su Reglamento.

¿Qué es una cooperativa?

Una Cooperativa es una organización con personalidad jurídica, producto de la asociación voluntaria de personas, fundamentada en el principio de ayuda mutua y con un fin común. Esto en beneficio de sus miembros.

Ésta organización se caracteriza por ser autónoma e independiente, controlada de manera democrática por sus miembros, como propiedad conjunta.

Una característica sobresaliente de una Cooperativa es que tienen un compromiso con la comunidad donde se desarrolla y la cooperación mutua con otras cooperativas.

Cabe señalar que, en Chile una Cooperativa puede acceder a proyectos de fondos públicos de las PYME. También hacer inversiones mediante instrumentos financieros o adquirir empresas. Así como algunas otras operaciones financieras permitidas por la Ley de Cooperativas, su Reglamento y los Estatutos propios de cada Cooperativa.

Pasos para constituir una cooperativa

El proceso de constitución de una Cooperativa en Chile cuenta con una serie de pasos que se corresponden a lo establecido en la Ley de Cooperativas y su reglamento. Veamos cuales son:

1° Reunión con todos los interesados en crear la cooperativa

Es necesario que los interesados en constituir la Cooperativa se reúnan y definan de manera clara el objetivo común, por cual deciden crear la misma.

2° Obtener el Certificado de denominación

Una vez definido el objetivo de la Cooperativa se debe solicitar el Certificado de negativa de denominación al Registro de Sociedades Cooperativas, el cual va a garantizar que no existe otra cooperativa con la misma denominación. En la solicitud se deben presentar 3 posibles nombres, de los cuales el Registro asignará uno.

3° Asistir al Curso para formación de Cooperativas

Los integrantes de la Cooperativa deben asistir y obtener el Certificado del curso de Información y Capacitación de Integrantes al momento de la constitución de la misma.

4° Crear los Estatutos

Se deben crear los Estatutos de la Cooperativa de acuerdo a los intereses de la misma y a lo pautado por la legislación chilena, referente a Cooperativas. En ellos se deberá establecer de forma clara entre otros elementos:

La razón social, domicilio, el periodo y objetivo de existencia de la Cooperativa. Asimismo, el capital con que cuenta al momento de su constitución y como costeara sus gastos.

También los requisitos de incorporación de nuevos socios. Así como las pautas para elegir a sus autoridades (Junta Administrativa, Comité de ética, Junta de vigilancia, Inspector de cuentas…)

Además, fijar la fecha de realización de las Juntas Generales de Socios, las cuales deben ser como mínimo una al año.

 5° Realizar una Asamblea Constituyente

A esta Junta General deben asistir todos los miembros y asignar un Secretario para la Asamblea. Él cual deberá moderar la reunión y registrar lo acontecido y decidido en la misma. En ella de forma democrática se deberán nombrar al Presidente y demás autoridades de la Cooperativa.

De igual manera se deberán aprobar los Estatutos, los Órganos sociales y el Acta constitutiva de la Cooperativa.

6° Registrar el Acta Constitutiva y los Estatutos como Escritura Pública

En un lapso de dos meses a partir de la fecha de constitución de la Cooperativa, deberá presentarse el Acta de constitución y los Estatutos ante el Notario.

7° Presentar la Cooperativa en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes raíces.

La escritura Pública deberá ser ingresada en el Registro de Comercio, donde se encuentre el domicilio de la Cooperativa.

8° Inscribir la Cooperativa en el Sistema Integral de Información y atención ciudadana del Departamento de cooperativas

Para ello solo se cuenta con los dos meses siguientes a la fecha de Registro del Acta Constitutiva como Escritura Pública.

9° Publicar en el diario oficial

Es de obligatoriedad publicar en el Diario Oficial, el extracto de la Escritura Pública de la Constitución de la Cooperativa legalizado.

10° Legalizar los libros de la cooperativa

La Cooperativa tiene la obligación legal de llevar libros de registro de los acuerdos y diferentes actividades que realiza. Estos deben ser debidamente legalizados y presentados a la hora de una fiscalización. Ellos son: Libro de Actas de Asamblea General, Libro de Actas de Consejo Rector, Libro de registro de socios, Libro de aportaciones de Capital y Libros de contabilidad.

11° Obtener el Rol Único Tributario (RUT)

Aunque la cooperativa es catalogada como institución sin fines de lucro (ISFL), debe obtener el RUT de acuerdo a lo pautado en el Código Tributario.

12° Hacer la Declaración de Inicio de Actividades

Se debe informar mediante Declaración Jurada del inicio de Actividades de la Cooperativa al Sistema de Impuestos Internos (SII).

El éxito de una Cooperativa depende de la gestión

Crear con éxito una Cooperativa va a depender de la responsabilidad y formación de los miembros de la sociedad. Ya que el proceso de constitución está claramente regido por la Legislación chilena. Por lo que es necesario apegarse a ésta.

En tal sentido es recomendable antes de iniciar el proceso y si se quiere durante éste, obtener asesoría legal de expertos en el campo de las Cooperativas.

Cualquier duda o consulta que tengas en relación a la formación de una Cooperativa no dudes en contactarnos. En Becker Abogados te brindamos la asesoría integral en material legal que requieras.

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