Chile es un país que se ha caracterizado por la apertura de su economía al capital extranjero. Con ello ha logrado posicionarse como una de las economías más sólidas y estables en América Latina

Por regla general, en Chile no existen limitaciones al momento que una persona jurídica extranjera compre o adquiera el control de una empresa o sociedad nacional. Es por ello que las fusiones y adquisiciones se han desarrollado de forma significativa en las últimas dos décadas.

El control de fusiones y adquisiciones en el país, sin embargo, se ha vuelto cada vez más complejo. Esto debido a la plena incorporación de estándares de transacciones internacionales, tales como: requisitos de diligencia debida, convenios previos al cierre, condiciones de cierre, representaciones y garantías, topes y límites sobre las responsabilidades del vendedor, ajustes de precios, disposiciones de exclusividad y no competencia, elección de la ley y arbitraje internacional.

En este proceso ha sido visible la influencia de las firmas de abogados internacionales, la mayoría de ellas con sede en EE. UU. Y el Reino Unido, que han brindado asistencia legal a los inversionistas extranjeros en Chile.

¿Cuáles son las alternativas legales para realizar una fusión y adquisición de empresas en Chile?

Existen diversas alternativas legales para realizar una fusión y adquisición de una empresa chilena, las principales son:

  • Una fusión directa mediante la cual dos o más empresas deciden fusionarse en una de ellas o en una de nueva creación.
  • Una fusión indirecta como resultado de la adquisición del 100 por ciento de la participación o acciones de una empresa.
  • La adquisición de un determinado porcentaje de participación de las acciones que otorga a la empresa adquirente el poder de control sobre la empresa.
  • La adquisición de los activos de una empresa, incluyendo o no pasivos, operaciones, etc. de forma permanente.

Es de hacer notar que todas estas alternativas pueden considerar múltiples variaciones en la estructura finalmente implementada. Desde fusiones y adquisiciones realizadas no en el nivel objetivo sino en un nivel superior, a través de reorganizaciones previas.

¿Qué empresas son reguladas en las fusiones y adquisiciones?

Las regulaciones de fusiones y adquisiciones en Chile conciernen fundamentalmente a las sociedades anónimas. 

Sin embargo, una gran variedad de empresas también puede fusionarse y adquirirse bajo principios de libertad bien reconocidos en las leyes chilenas.

No hace falta decir que las regulaciones son mucho más estrictas cuando se trata de una corporación abierta o una empresa que opera en una industria regulada. En esta línea, por ejemplo, la normativa aplicable no permite la adquisición directa del control de una sociedad abierta -salvo ciertas excepciones- pero impone al interesado la obligación de realizar una oferta pública.

¿Qué organismo controla y aprueba las fusiones y adquisiciones en Chile?

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) es el organismo oficial chileno que tiene a su cargo el control preventivo de todas aquellas operaciones de fusiones y adquisiciones en el país. Este control es obligatorio cuando las ventas en Chile de los agentes económicos que se concentran superan ciertos umbrales. 

Este procedimiento de control de las operaciones de fusión y adquisición en Chile, es regulado a través de la FNE desde junio del año 2017.

El umbral establecido en el mes de marzo del 2019 es de UF 450.000 (US$ 19,4 millones) en el caso de las ventas individuales de dos empresas que deseen concentrarse, y que el total de ventas conjuntas sean iguales o superiores a UF 2.500.000 (US$ 107,6 millones).

La FNE, es la que concentra y recibe las notificaciones de todas las empresas que tienen proyectado fusionarse o concentrarse con el fin de evaluar si estas operaciones pueden generar una reducción sustancial a la competencia. Si no representa ninguna reducción sustancial para la competencia hace la aprobación de la operación de forma simple.

¿Cómo es el procedimiento de control en la Fiscalía Nacional Económica?

El procedimiento de control de fusiones y adquisiciones se realiza en dos fases. La primera fase con una duración de 30 días desde que se inicia la investigación. Esta fase se puede extender a una segunda, con una duración de 90 días adicionales, en caso de que la FNE estime que la operación puede reducir de manera sustancial la competencia.

¿Por qué es necesario contar con asistencia legal en un proceso de fusión y adquisición?

Las fusiones y adquisiciones requieren un asesor corporativo experimentado para liderar el proceso. Es necesario que el potencial adquirente reciba una asesoría de un equipo legal.

Este equipo debe incluir especialistas en impuestos, regulación y antimonopolio, entre otros, no solo por razón de debida diligencia estándar de la empresa objetivo, sino también porque la definición de la estructura legal a seguir para la adquisición, puede depender críticamente de consideraciones fiscales, regulatorias y antimonopolio. 

Además, un buen equipo legal conoce el sistema obligatorio de notificación previa a las fusiones para evaluar las mismas, que deberán tenerse en cuenta para garantizar una adquisición exitosa.

Becker Abogados cuenta con un equipo de abogados expertos en el área de fusiones y adquisiciones. No dudes en contactarnos recuerda que contratar un bufete de abogados altamente calificado es el primer paso esencial para la gestión exitosa de los asuntos legales y fiscales en una fusión y adquisición

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