El 14 de junio fue publicada en el Diario Oficial la Ley 21.350 que tiene por objeto regular el procedimiento en cuanto a la modificación de los precios base de los planes de salud.  Todo durante el tiempo que esté vigente el estado de excepción constitucional de catástrofe motivado por la pandemia de Covid-19.

Esta ley deja sin efecto los aumentos en los precios base de los planes de salud de todas las ISAPRES durante el periodo 2020-2021. Así como cualquier ajuste o adecuación de precios correspondiente al periodo 2021-2022.

¿Cuáles son las principales modificaciones que contempla la ley 21.350?

La ley 21.350, contiene entre sus aspectos que más destacados los siguientes:

Modificación de precio base 

Para que las ISAPRES puedan modificar el precio base en los planes de salud, la Ley 21.350 establece que, el Superintendente de Salud durante los primeros 10 días del mes de marzo, fijará a través de una resolución el índice de variación porcentual. Este índice se aplicará como índice máximo a los precios base de los planes de salud por parte de las ISAPRES.

Forma de cálculo del valor anual del indicador

Para calcular el valor anual de este indicador, el Superintendente de Salud anualmente deberá tomar en cuenta y ponderar los costos de las prestaciones de salud, la frecuencia de uso experimentado por las mismas, y la variación del costo en subsidios por incapacidad laboral del sistema privado de salud. 

También, deberá adicionar en el cálculo el costo de las nuevas prestaciones y la variación de frecuencia de uso de estas prestaciones cuando sean realizadas en la modalidad de libre elección de FONASA. 

Así como cualquier otro elemento que sirva para incentivar la contención de costos del gasto en salud.

Plazo para que las ISAPRES informen su decisión de aumento

Las ISAPRES disponen de un plazo de 15 días corridos, que serán contados desde la publicación, del indicador, para informar a la Superintendencia de Salud si deciden aumentar o no los precios base de los planes de salud.

En el caso que las ISAPRES aumenten dicho precio, el porcentaje de ajuste que informen a la Superintendencia de Salud debe ser aplicado en todos sus planes de salud. Y, en ningún caso, puede ser superior al indicador anual calculado por la Superintendencia de Salud.

Entrada en vigencia de los nuevos precios

Una vez informado del alza de precios por parte de las ISAPRES a la Superintendencia de Salud, los nuevos precios base de los planes de salud entrarán en vigencia en el mes de junio de cada año. 

Excepto aquellos planes que a dicha fecha tengan menos de un año de vigencia de sus beneficios.

¿Qué requisitos deben cumplir las Isapres para efectuar la variación de precios?

Con el nuevo procedimiento establecido, para que las ISAPRES puedan realizar la variación en los precios base de sus planes, deben en el año inmediatamente anterior a la entrada en vigencia de la Ley 21.350, haber cumplido con toda la normativa relacionada con el Plan Preventivo de ISAPRES. Así como las metas de cobertura para el examen de medicina preventiva dispuesto por la autoridad.

¿Qué pasa si recibí una carta de parte de la ISAPRE indicando el aumento del precio base de mi plan de salud? 

Con la entrada en vigencia de la Ley 21.350 quedan sin efecto todos los aumentos de los planes de salud para el periodo 2020-2021. Esto significa que el incremento aplicado no se hará efectivo.

En el caso de que en tu liquidación de sueldo del mes de agosto del 2021 se refleje dicho aumento debes hacer el reclamo ante la Superintendencia de Salud.

¿Cómo realizo un reclamo en el caso de que la ISAPRE haya realizado el aumento de mi plan de salud?

La Ley 21.350 señala que todos los ajustes de precio que se hayan hecho e informado para el periodo correspondiente del 2020-2021 no tienen efecto y por lo tanto no se puede aplicar dicho incremento.

En caso de que tengas que realizar algún reclamo debes ingresar al siguiente enlace http://www.supersalud.gob.cl/servicios/669/w3-article-10044.html con tu clave única.

El sistema te proporcionará un número de Ingreso, que corresponde al reclamo recibido. Recibirás la respuesta a tu solicitud por medio de un correo electrónico o carta certificada, en un plazo de hasta 60 días hábiles.

Una vez que introduzcas tu reclamo, podrás revisar en línea el estado del mismo y hacer las consultas al expediente que corresponde.

También dispones del número 600 836 9000 para saber el estado de tu trámite.

Tus derechos son tu prioridad, la salud es uno de ellos

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Si tú o alguien allegado a tu entorno ha sido objeto de alguna vulneración de sus derechos de salud no dudes en consultarnos. Nuestro compromiso es siempre la mejor defensa de tus intereses personales y patrimoniales.

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