En el ámbito de la tributación en Chile, uno de los temas que genera curiosidad y preguntas frecuentes es la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para las Sociedades de Profesionales.

Esta exención es una de las particularidades del sistema tributario chileno y tiene importantes implicancias para aquellos que ejercen actividades profesionales en sociedad. En este artículo, exploraremos las razones detrás de esta exención, las condiciones que deben cumplirse y cómo Becker Abogados te puede asistir en este ámbito, en todo el Sector Oriente de Santiago.

¿Qué es una Sociedad de Profesionales en Chile?

La Sociedad de Profesionales en Chile es una forma de organización empresarial. La misma se utiliza principalmente para agrupar a profesionales de una misma área o disciplina, como abogados, médicos, arquitectos, entre otros. A diferencia de otras formas de organización empresarial, esta sociedad tiene como objetivo principal la prestación de servicios profesionales y no la producción o comercialización de bienes.

Razones para la Exención del IVA

Existen argumentos sólidos detrás de la exención del IVA para las Sociedades de Profesionales. Una de las razones fundamentales es la naturaleza personal y altamente técnica de los servicios que brindan estos profesionales.

Las Sociedades de Profesionales están exentas de IVA en Chile porque se considera que sus servicios son de naturaleza intelectual y no material. Lo que significa que no se ajustan al concepto de bienes o productos que se gravan con el IVA. Ello debido a que estos servicios no generan una transferencia de bienes tangibles (palpables), sino más bien una transferencia de conocimientos y habilidades especializadas.

En tal sentido y con el fin de facilitar el acceso de estos servicios a los ciudadanos, a partir del 1° de enero 2023 la Ley 21.420 cambió la definición de servicios. Dando paso con ello a que las Sociedades Profesionales sean eximidas del IVA. Por tanto, estás sociedades no están obligadas a pagar ni a cobrar IVA por los servicios que prestan.

Condiciones para la Exención

La exención del IVA para las Sociedades de Profesionales no es automática, sino que está sujeta al cumplimiento de ciertas condiciones establecidas por la legislación chilena. Algunas de las condiciones más relevantes incluyen:

  • Profesionalismo: Los servicios deben ser prestados por profesionales titulados legalmente en su área de especialización.
  • Carácter personal y directo: Los servicios deben ser brindados por los propios profesionales socios de la sociedad, y no a través de intermediarios o empleados.
  • Actividades específicas: La exención aplica a actividades profesionales reguladas y reconocidas, como abogacía, medicina, ingeniería, entre otras.
  • Sociedad exclusiva: La sociedad debe estar compuesta únicamente por profesionales que realicen las actividades exentas.

Beneficios Directos de la Exención

Algunos de los beneficios que se obtienen con la exención del IVA en las Sociedades de Profesionales son:

  • Costos Reducidos: Las Sociedades de Profesionales no necesitan sumar el IVA a sus tarifas, lo que puede hacer que sus servicios sean más económicos comparativamente.
  • Menor Carga Administrativa: Al estar exentos del IVA, estas sociedades evitan la burocracia y la carga administrativa asociada a la recaudación y declaración de este impuesto.
  • Precios más Atractivos: Sin el IVA, los servicios pueden tener precios más bajos, lo que puede resultar atractivo para clientes potenciales.
  • Aumento de la Demanda: Los servicios profesionales más económicos pueden generar una mayor demanda, beneficiando a las Sociedades de Profesionales.
  • Fomento a la Formalidad: Al contar con una ventaja fiscal, más profesionales pueden verse incentivados a formar sociedades formales en vez de operar individualmente o de manera informal.

Los requisitos necesarios para crear una Sociedad de Profesionales en Chile

Si deseas constituir una Sociedad de Profesionales en Chile beneficiaria de la exención del IVA, necesitas cumplir con ciertos requisitos, entre ellos:

  • Contar con un mínimo de dos socios, quienes deben ser profesionales colegiados y estar habilitados para ejercer su profesión.
  • Los socios deben tener profesiones que sean idénticas, similares, afines o complementarias.
  • Su objetivo único y especifico debe ser prestar servicios o asesorías profesionales correspondientes con la naturaleza definida para la Sociedad.
  • Los servicios deben ser brindados por los socios, asociados o con la colaboración de dependientes.
  • Todos los socios deben contribuir ejerciendo su profesión.
  • Contar un representante legal y un administrador de la sociedad.
  • Estar registrada como Sociedad de Profesionales en el Registro de Comercio.
  • Estar inscrita ante el Servicio de Impuestos Internos (SII)

 Becker Abogados, asesoría legal especializada

La exención del IVA en las Sociedades de Profesionales es mucho más que una simple política fiscal. Representa una herramienta que impulsa la competitividad, fomenta la formalidad y potencia el desarrollo del sector profesional. Sin embargo, es esencial que las sociedades comprendan bien sus beneficios y limitaciones para maximizar su ventaja competitiva en el mercado.

Así mismo, es importante destacar, como se mencionó, que existen ciertas excepciones y limitaciones a la exención del IVA. Es por ello que es recomendable consultar con un especialista en la materia. En Becker Abogados te brindamos una asesoría legal completa y personalizada para tu caso particular.  El valor de la consulta es de 1 UF (Unidad de Fomento), en la cual serán aclaradas todas tus dudas y los lineamientos a seguir para tu caso.

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