NOSOTROS NO ofrecemos asesoría para prescripción adquisitiva. USTED debe ir personalmente al Ministerio de Bienes Nacionales o a la Corporación de Asistencia Judicial de su comuna para hacer las consultas.

Como parte integrante del derecho de propiedad, la prescripción adquisitiva o usucapión es un medio de adquirir un derecho de propiedad por su uso y ocupación a lo largo del tiempo y en las condiciones determinadas por la ley.

En otras palabras, es una figura jurídica que permite la estabilización de la propiedad mediante la transformación de una situación de hecho en una de derecho, consolidando el título a favor del poseedor o usucapiente.

¿Cuál es la finalidad de la prescripción adquisitiva?

La prescripción adquisitiva es un medio para adquirir la propiedad de un inmueble a lo largo del tiempo, sin que necesariamente se tenga título de propiedad como tal.

La prescripción adquisitiva tiene como finalidad eliminar las situaciones de incertidumbre sobre la propiedad de los bienes para facilitar su circulación. Como se mencionó, es una forma de adquirir la propiedad en su carácter original, es decir, mediante la posesión continuada de un activo por el tiempo que establezca la ley.

No cabe duda, sin embargo, que el principal requisito a analizar en el reconocimiento de la prescripción adquisitiva es el lapso de tiempo, que, de hecho, es una de las características de la posesión, es decir, uno de los requisitos formales de esta figura jurídica.

¿En qué se apoya la prescripción adquisitiva?

La prescripción adquisitiva se basa o apoya en el hecho de que el titular o dueño de un bien o derecho no realiza ninguna actividad con el mismo. El titular lo tiene abandonado o es negligente en la conservación y cuidado del mismo.

Cuando esto ocurre un tercero puede adquirir la posesión y posterior titularidad del bien luego de trascurrido determinado tiempo.

Así, nuestro Código Civil en su artículo 2492 define la prescripción de la siguiente manera: “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones y derechos ajenos, por haberse poseído las cosas o no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales”

¿Qué requisitos se deben cumplir para adquirir un bien por prescripción adquisitiva?

Cuando se es poseedor de un bien, y se quiere adquirir el mismo a través de la prescripción adquisitiva, se deben cumplir los siguientes requisitos:

  • Que el bien o la cosa sea susceptible de adquirirse por medio de la prescripción.
  • Que la persona que quiere adquirirla sea poseedora del bien o cosa
  • Que cumpla con el lapso de tiempo establecido en posesión del bien.
  • Que el dueño del bien o cosa no ejerza ningún tipo de acción sobre el bien, que lo abandone o esté totalmente inactivo con relación al mismo.

Así mismo, es necesario para que ocurra la prescripción adquisitiva, la persona interesada en el bien debe alegarla. Es decir, tiene que presentar su intención de adquirir el bien por medio de esta figura. Ningún juez declara una prescripción adquisitiva de oficio.

Adicionalmente, es importante saber que se puede renunciar a la prescripción adquisitiva. Es decir, si una persona cumple todos los requisitos para poseer el bien por prescripción, pero no quiere hacerlo, puede renunciar a la misma.

Puede hacerlo de modo formal, al renunciar a este derecho de forma explícita. O tácitamente cuando la persona ejecuta alguna acción en la que reconoce al dueño del bien como tal.

¿Cuáles son los efectos de la prescripción adquisitiva?

La prescripción adquisitiva tiene como principal efecto permitir que el poseedor que ha poseído un bien o un derecho durante mucho tiempo adquiera la propiedad del mismo.

Para producir sus efectos, la usucapión debe ser invocada por el poseedor.

En efecto, la prescripción adquisitiva no entra en juego automáticamente: para adquirir la propiedad de la cosa o el derecho que posee, el poseedor debe hacer valer la prescripción adquisitiva ante los tribunales.

Así, cuando el poseedor alega la prescripción adquisitiva y se cumplen las condiciones de la misma, el poseedor adquiere la propiedad del derecho o bien poseído.

El poseedor queda así, por efecto de la ley, investido de un título legal que le confiere la calidad de propietario.

¿Cuáles son los tipos de prescripción adquisitiva?

La prescripción adquisitiva puede ser:

Prescripción ordinaria

Para que una prescripción sea considerada ordinaria es necesario que la persona esté en posesión del bien ininterrumpido por un lapso de 2 años si es un bien inmueble. Y para bienes inmuebles el tiempo de posesión establecido en la ley es de 5 años.

Prescripción extraordinaria

Este tipo de prescripción se basa en la presunción de buena fe. Además, existe la ausencia de título de dominio. Cuando una persona quiere alegar este tipo de prescripción debe ser poseedora del bien por un tiempo ininterrumpido de 10 años.

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