Conoce en este post qué significa la reciente sentencia del Tribunal Constitucional sobre la negociación colectiva en los colegios subvencionados. ¿Qué implica esta decisión para los trabajadores, los empleadores y los estudiantes de estos establecimientos? ¿Qué consecuencias puede tener esta sentencia para el sistema educativo chileno? Vamos a verlo.

¿Qué es la negociación colectiva y por qué es importante?

Primero, hay que entender qué es la negociación colectiva y por qué es importante. La negociación colectiva es el proceso por el cual los trabajadores de una empresa o sector se organizan para defender sus intereses laborales frente al empleador.

A través de este mecanismo, los trabajadores pueden mejorar sus condiciones de trabajo, como el salario, las horas, los beneficios, la seguridad, etc. La negociación colectiva también implica el derecho a la huelga, que es la suspensión temporal del trabajo como medida de presión para lograr un acuerdo.

La negociación colectiva es un derecho reconocido por la Constitución chilena en su artículo 19 Nº 16º, que establece que «Los trabajadores podrán negociar colectivamente con sus empleadores, en conformidad a la ley». Sin embargo, la ley que regula este derecho (el Código del Trabajo) excluye a algunos sectores de su aplicación, como los funcionarios públicos, los trabajadores domésticos y los trabajadores de los establecimientos de educación particular subvencionada.

¿Por qué la ley excluye a los trabajadores de los establecimientos de educación particular subvencionada?

La razón que se ha dado es que la negociación colectiva en los colegios subvencionados podría afectar el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, que son derechos fundamentales protegidos por la Constitución en sus artículos 19 Nº 10º y 11º.

Estos derechos implican que todos los niños y niñas tienen derecho a recibir una educación de calidad, sin discriminación ni interferencias arbitrarias, y que los padres y apoderados tienen derecho a elegir el tipo de educación que quieren para sus hijos e hijas, respetando el proyecto educativo de cada establecimiento.

¿Cuándo surge la controversia con relación a esta exclusión del Código del Trabajo?

La controversia surge cuando algunos trabajadores de los colegios subvencionados reclaman ante la Inspección del Trabajo su derecho a negociar colectivamente con sus empleadores. La Inspección del Trabajo les da la razón y les reconoce ese derecho, basándose en que la exclusión legal es inconstitucional.

Los empleadores, por su parte, recurren a los tribunales laborales para anular esa decisión administrativa, argumentando que la exclusión legal es válida y que la negociación colectiva vulnera sus derechos constitucionales.

Los tribunales laborales rechazan los recursos de los empleadores y confirman la decisión de la Inspección del Trabajo. Los empleadores entonces recurren al Tribunal Constitucional, que es el órgano encargado de resolver las cuestiones de constitucionalidad en Chile. El Tribunal Constitucional debe pronunciarse sobre si el artículo 304 del Código del Trabajo, que excluye a los trabajadores de los colegios subvencionados de la negociación colectiva, es o no conforme con la Constitución.

Sentencia del Tribunal Constitucional

El Tribunal Constitucional resuelve esta cuestión el 13 de agosto de 2023, mediante dos sentencias (roles Nº 7591-19 y 7983-19 INA). En ambas sentencias, el Tribunal Constitucional rechaza los requerimientos de los empleadores y declara que el artículo 304 del Código del Trabajo es inaplicable por inconstitucional. Es decir, el Tribunal Constitucional reconoce el derecho a la negociación colectiva de los trabajadores de los colegios subvencionados y deja sin efecto la norma legal que lo impedía.

¿Qué argumentos utiliza el Tribunal Constitucional para llegar a esta sentencia?

El Tribunal Constitucional sostiene que el artículo 304 del Código del Trabajo vulnera el principio de igualdad ante la ley (artículo 19 Nº 2º), al discriminar arbitrariamente a un grupo de trabajadores sin una justificación razonable.

El Tribunal Constitucional también afirma que el artículo 304 del Código del Trabajo vulnera el derecho a la libertad sindical (artículo 19 Nº 19º), al restringir la capacidad de acción y representación de los sindicatos de los trabajadores de los colegios subvencionados.

El Tribunal Constitucional, además, descarta que la negociación colectiva en los colegios subvencionados afecte el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, ya que existen mecanismos legales para garantizar la continuidad del servicio educacional y el respeto al proyecto educativo de cada establecimiento.

¿Qué consecuencias tiene esta sentencia para los trabajadores, los empleadores y los estudiantes de los colegios subvencionados?

Esta sentencia implica que los trabajadores de los colegios subvencionados tienen derecho a negociar colectivamente con sus empleadores, en las mismas condiciones que el resto de los trabajadores del sector privado. Esto significa que pueden presentar pliegos de peticiones, negociar acuerdos, recurrir a la mediación o al arbitraje, y ejercer el derecho a huelga si no hay acuerdo.

Los empleadores, por su parte, tienen la obligación de negociar de buena fe con los trabajadores, respetando sus derechos laborales y constitucionales. Los estudiantes, finalmente, tienen derecho a recibir una educación de calidad, sin interrupciones ni perjuicios, y a elegir el tipo de educación que quieren recibir, respetando el proyecto educativo de cada establecimiento.

Conclusiones

La reciente sentencia del Tribunal Constitucional nos deja un mensaje claro: la negociación colectiva es un pilar fundamental en la relación entre trabajadores y trabajadores, incluso en el sector de la educación subvencionada. Con esta resolución, se reafirma que el derecho al diálogo colectivo no puede ser obviado por la naturaleza particular de una institución educativa.

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