¿Como decidir qué tipo de empresa crear?

Cuando surge la idea de crear un negocio, está la expectativa de que sea un negocio exitoso. Entonces viene pregunta ¿Qué tipo de negocio me conviene? En este punto no solo es importante el giro comercial que elijas, también lo es tener claro el tipo de empresa que constituirás. 

Por ello, para que sepas qué empresa crear, aquí te presentamos los tipos de empresas que puedes constituir en Chile. Cada una es una persona jurídica y tiene características que las definen. Las cuales debes tener claras para que puedas elegir el tipo que más te convenga.

Aspectos que debes tomar en cuenta para crear una empresa

Al decidir crear una empresa, debes cumplir con una serie de aspectos indispensables para que el proyecto sea concretado.

Lo primero es definir la actividad comercial que vas a practicar, bien sea producto o servicio y el campo o giro comercial en que vas desarrollarte como empresa.

 Luego debes planificar el proyecto de manera global, considerando el corto, mediano y largo plazo. De igual manera analiza los factores que tienes a favor y en contra, es decir fortalezas, oportunidades, debilidades y amenazas.

Ten claro la capacidad financiera con que cuentas: capital propio, capital propio constituido por aporte de socios y posibles planes de financiamiento. Realiza un estudio del mercado donde piensas participar.

 Finalmente, con toda esa información analiza la viabilidad de la empresa que constituirás.

Una vez tengas la certeza de la viabilidad de la empresa que has de crear, es de vital importancia que elijas el tipo que ha de ser. En otras palabras, entidad jurídica bajo la cual funcionara tu empresa. 

Para eso debes definir el número de socios que participara en el negocio, el capital social con que contará la empresa y la responsabilidad que han de tener ante terceros.

En esta etapa es recomendable buscar asesoría de abogados especialistas que te asesoren y acompañen en el proceso.

Tipos de empresas que puedes crear 

En Chile existen varios tipos de empresas cuyas características definen las responsabilidades que como personas jurídicas tendrán ante el Estado y terceros. Todas deben constituirse mediante escritura pública. Luego su extracto ser inscrito en el Registro de Comercio y publicado en el Diario Oficial.

Veamos algunas de las sociedades comerciales más comunes:

Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (E.I.R.L.)

Es un negocio con carácter de persona jurídica, formada de forma exclusiva por una sola persona natural. El patrimonio de la empresa debe ser propio, pero diferente al patrimonio del propietario. De acuerdo al Código de Comercio puede realizar toda clase de operaciones civiles y comerciales, menos aquellas dispuestas solo a las Sociedades Anónimas (S.A.) Sin embargo, este tipo de empresa solo puede tener un único giro comercial.

 Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.)

Son organizaciones con personalidad jurídica. Conformadas por socios (de 2 a 50 miembros), quienes pueden ser personas naturales o jurídicas, cuyo compromiso incluye responder de acuerdo al monto de sus aportes. Son empresas que pueden dedicarse a uno o varios giros comerciales.

En ellas cualquier modificación debe hacerse con las mismas formalidades que se cumplieron para su constitución.

Sociedad por Acciones (SpA)

Este tipo de empresa puede constituirse inicialmente con una sola persona (sociedad unipersonal) y luego incorporar a los socios accionistas. Quienes pueden ser personas naturales o jurídicas y tienen la libertad de vender cuando quieran y a quien deseen. 

Su responsabilidad en la empresa llega hasta la cantidad de acciones que cada uno posee, dejando libre de compromiso su capital personal. Son sociedades que pueden tener varios giros comerciales.

Sociedad Anónima (S.A.)

Es una sociedad de capitales de carácter abierto (sus acciones son ofertadas al público) o cerrado (sus acciones no se ofertan al público). Se constituye a partir de dos socios, quienes conforman un fondo con sus aportes, cuya responsabilidad va en relación directa al monto de dichos aportes. 

En ella, las acciones pueden ser vendidas sin requerir la aprobación de los demás socios. Asimismo, son sociedades que puede tener varios giros comerciales. 

Sociedad Colectiva Comercial (S.C.C)

Es una sociedad que requiere de mínimo dos socios para ser creada (sin límite máximo de participantes). Los miembros de la sociedad tienen responsabilidad ilimitada, por lo que sus bienes personales también están involucrados, en caso necesario, al responder los compromisos societarios. 

En ella el ingreso o egreso de socios debe ser aprobado por los demás miembros de la sociedad. Este tipo de empresa puede dedicarse uno o varios giros comerciales.

Sociedad por comandita

Este tipo de sociedad puede ser simple (S.C.S.) o por acciones(S.C.A.). Es constituida por uno o varios socios comanditarios y socios gestores. Los comanditarios son quienes aportan el capital y su responsabilidad es marcada hasta el monto de su aporte.

Por su parte los socios gestores son quienes administran la empresa y su responsabilidad es ilimitada. Para la creación de esta sociedad es necesario un mínimo de dos socios.

Crea tu empresa para  cumplir tus objetivos

Crear una empresa implica diversas responsabilidades y de acuerdo al tipo, estás varían. Solo debes tener claro el campo en que deseas desarrollar tu negocio, tus capacidades, la viabilidad del proyecto y elegir el tipo de empresa que más te conviene. Luego registrarla y ¡listo! A ejercer actividades de tu negocio.

En Becker Abogados consigues la asesoría experta para la creación y puesta en marcha de tu negocio. Te acompañemos y asesoramos durante todo el proceso y que tu empresa cumpla todas tus expectativas. Contacta con nosotros.

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