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Aguinaldo navidad: sector privado, sector público y pensionados

Este año 2020, ha sido un año atípico para todos los sectores del ámbito laboral a causa de la pandemia global que dejo a muchos en la vulnerabilidad laboral, sin embargo las leyes no han cambiado, el aguinaldo de fin de año sigue siendo un derecho de los trabajadores del sector público, y pensionados, aunque no se puede decir lo mismo para el sector privado.

aguinaldo en tiempos de pandemia.

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Sector privado:

Según lo indica la Dirección del Trabajo (DT), En Chile la entrega de aguinaldo no es de carácter obligatorio, esto quiere decir que no hay ley que obligue a una  empresa privada o a el empleador o empleadora a darles a sus empleados un aguinaldo o bono navideño, ya que no es una norma legal.

Sin embargo, si el contrato que firmo el trabajador o trabajadora con su empleador o empleadora aclara que hay un aguinaldo o bono navideño, allí si, el empleador se ve obligado a cumplir con su parte del contrato. Además el empleador o empleadora debe cumplir de forma sistemática, cada año con el aguinaldo. Por ejemplo si por tres años consecutivos se entrego el aguinaldo, pero en el cuarto año por equis motivo no se entrego, los sindicatos pueden reclamar este derecho ante la DT, ya que se entiende el aguinaldo como un derecho adquirido.

No obstante, según las encuestas realizadas este año, se espera que el 88% de las empresas privadas entreguen una bonificación a sus trabajadores y trabajadoras. El monto puede variar entre los $10.000 y $90.000 pesos según la cantidad de trabajadores y trabajadoras con la que cuente una empresa o la iniciativa de la misma.

Sector público:

Aguinaldo seguro para el sector público.

En contraste, al sector privado, el sector público siempre ha de contar con una bonificación, esas son algunas de las ventajas, que segura este sector a sus trabajadores y trabajadores.

Ahora, bien, la bonificación que reciba el trabajador o trabajadora del sector público, dependerá de la remuneración líquida que perciba.

Según lo que indica la normativa, y se conoce de años anteriores, el monto que recibirá en concepto de aguinaldo o bono navideño el sector público será de $57.863 para los trabajadores y trabajadoras que hayan percibido una remuneración liquida inferior o igual a $773.271 y de $30.613 será el aguinaldo o bono navideño para quienes perciban una remuneración liquida igual o inferior a $2.560.669. 

Tanto el pago para el sector privado como público se realiza en el mes de Diciembre. 

Pensionados:

Los pensionados recibirán un monto de $23.081 en este 2020.

Considerando que, quedo estipulado en la Ley 20.791, que los pensionados recibirán un monto de $23.081 en el 2020, monto que, se podrá cobrar en el mes de Diciembre junto con la pensión para todas aquellas personas que se hayan pensionado al 30 de Noviembre del 2020 y cumplan con algunas de las siguientes condiciones, que aquí mencionaremos:

1.Pensionados del Instituto de Previsión Social (IPS), que tengan una pensión básica solidaria de vejez o invalidez. 

2.Pensionados del Instituto de Seguridad Laboral (ISL)

3.Pensionados de las ex Cajas de Previsión y ex Servicio de Seguro Social (INP, actualmente IPS)

4.Pensionados de la Caja de Previsión Dipreca y Capredena

5. Pensionados de las Mutuales de Empleadores de la Ley 16.744 

6.Pensionados de Reparación: Ley 19.123 (Rettig) y Ley 19.992 (Valech)

7.Pensionados de AFP o Compañías de Seguro con Garantía Estatal o Aporte Previsional Solidario (de vejez o invalidez) 

8.Beneficiarios de la indemnización compensatoria especial para la industria del carbón (Ley 19.129, artículo 11)

8.Beneficiarios del Subsidio por Discapacidad Mental

«Los pensionados recibirán un monto de $23.081 en el 2020»

Cabe mencionar, además que, el monto se incrementará a $13.040 a cada persona que, a partir del 30 de Noviembre 2020, tenga familiares a cargo en carácter de «Carga Familiar». Esto corre aún para quienes no tengan derecho a cobrar asignación familiar, porque su ingreso mensual es superior a $779.882 mil pesos, es decir que pertenecen al tramo 4, según la Ley 18.987.

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